Blog de The Kugel Law Firm

Cuántas violaciones del bloqueo de encendido puede tener en Nueva Jersey?

Publicado el agosto 22, 2025

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Lidiar con las consecuencias legales de conducir bajo la influencia (DUI) es aterrador. Las reglas en Nueva Jersey pueden sentirse como un laberinto, especialmente cuando un dispositivo de bloqueo de encendido forma parte de su caso. Este pequeño alcoholímetro se instala en su automóvil para verificar que esté sobrio antes de que arranque el motor. Si omite los usos requeridos, sopla un resultado positivo o ignora el mantenimiento, puede enfrentar nuevas violaciones y sanciones severas.

Al enfrentar violaciones del bloqueo, un abogado de DUI de Nueva Jersey con trayectoria puede examinar a fondo las circunstancias que rodean las presuntas infracciones, analizar la evidencia presentada por la fiscalía y desarrollar una defensa estratégica adaptada al caso específico. En The Kugel Law Firm, nuestros abogados de DUI de Nueva Jersey con conocimientos pueden cuestionar la precisión del dispositivo de bloqueo, poner en duda la calibración del equipo o impugnar cualquier error de procedimiento que haya ocurrido durante la instalación o el mantenimiento. Nuestro equipo también puede aclarar y ayudar a gestionar otros asuntos legales, como un cargo 39:4-50 o una negativa a realizar una prueba de aliento. Llámenos hoy al (973) 854-0098 para programar una consulta y progresar hacia el mejor resultado posible para su situación.

Qué es un dispositivo de bloqueo?

Un dispositivo de bloqueo de encendido (IID) es como un alcoholímetro que se conecta al encendido de su automóvil. Antes de que pueda arrancar el motor, usted sopla en una pequeña boquilla. Si la lectura es de 0.05% BrAC o superior, el automóvil no arrancará. Si está por debajo de ese nivel, puede avanzar.

Mientras conduce, el dispositivo le pedirá re-pruebas aleatorias rápidas. Es un aviso simple y debe soplar de nuevo. Si se detecta alcohol durante una re-prueba, su automóvil seguirá funcionando para que pueda orillarse de manera segura, pero la bocina y las luces se activarán hasta que se detenga y siga las instrucciones. Está ahí para evitar que conduzca después de beber y para mantener a otros a salvo también.

Leyes de dispositivos de bloqueo de Nueva Jersey

Si es condenado por DWI, debe instalar un dispositivo de bloqueo de encendido. Esto se aplica incluso en una primera infracción. El tiempo que deba mantenerlo depende de su nivel de alcohol en sangre (BAC) y del cargo.

Primera infracción:

  • BAC de 0.08% a menos de 0.10%, o una condena por estar bajo la influencia sin una lectura de BAC: 3 meses.
  • BAC de 0.10% a menos de 0.15%: 7 a 12 meses.
  • BAC de 0.15% o superior: Durante el periodo de pérdida de la licencia (su suspensión) y otros 12 a 15 meses después de recuperar su licencia.

Negarse a la prueba de aliento bajo N.J.S.A. 39:4-50.4a también activa el dispositivo:

  • Debe instalarse durante el periodo de pérdida de la licencia y permanecer en su vehículo durante 9 a 15 meses después de que se restauren sus privilegios de conducir.

Segunda infracción o cualquier infracción posterior:

  • Debe usar un bloqueo durante todo el periodo de pérdida de la licencia y por un periodo adicional de 2 a 4 años una vez que se le devuelva la licencia.

Usted instala el dispositivo en el vehículo que conduce con más frecuencia. Puede ser suyo, arrendado u otro automóvil que sea su transporte principal. Mientras la orden esté vigente, no puede conducir ningún vehículo que no tenga un bloqueo instalado.

Abogado de DUI en Nueva Jersey

Rachel Kugel

The Kugel Law Firm se enfoca en defender a personas de bien acusadas de conducir bajo la influencia del alcohol o las drogas en todo Nueva Jersey. Liderado por la abogada Rachel Kugel, el equipo construye estrategias proactivas y basadas en la ciencia, adaptadas a los hechos específicos de cada detención, prueba y cargo, para que los clientes comprendan sus opciones y los pasos a seguir.

Rachel se mantiene al día con la constante evolución de las leyes y tácticas de defensa de DWI. Es miembro del National College of DWI Defense y de la DUI Defense Lawyers Association, y ha sido invitada a hablar sobre la defensa de DWI y la gestión de la práctica legal por «Lawyernomics» de AVVO, la Asociación de Abogados de Nueva Jersey y Garden State CLE. Rachel ha sido incluida en la lista «Rising Stars» de Super Lawyers durante tres años consecutivos, brindando a los clientes la confianza de que están trabajando con una defensora confiable y experimentada.

Costos y requisitos prácticos para los dispositivos de bloqueo de encendido

Como parte de una sentencia por DUI en Nueva Jersey, se le puede ordenar instalar un IID aprobado por la MVC. Los dispositivos de Nueva Jersey se ajustan a 0.05% BrAC y la instalación debe realizarse en un centro de servicio designado por la MVC. El dispositivo debe recibir mantenimiento en intervalos no mayores a 67 días bajo la regulación estatal (muchos proveedores programan aproximadamente cada 60 días). Se requiere que lo instale en el vehículo que opera principalmente.

La instalación temprana puede otorgarle crédito para su suspensión, pero debe enviar el comprobante de instalación a la Comisión de Vehículos Motorizados dentro de los siete días. El término del bloqueo generalmente corre junto con su suspensión; para una primera infracción, puede durar de seis meses a un año, mientras que para las segundas infracciones corre de uno a tres años. También deberá asistir al Centro de Recursos para Conductores Intoxicados para educación sobre el alcohol y seguridad vial, donde se le evaluará por problemas de adicción y podría requerirse tratamiento. Las visitas de servicio descargan datos y recalibran el dispositivo, y usted no puede conducir legalmente ningún otro vehículo mientras esté bajo la orden. Manipular o eludir el bloqueo es su propia violación y puede aumentar sus sanciones.

La ley le obliga a pagar por todo lo relacionado con el bloqueo. Los proveedores listan cargos separados por instalación, arrendamiento mensual, calibración y remoción. Debido a que solo los proveedores aprobados pueden realizar el trabajo, las opciones son limitadas. Un abogado de DUI de Nueva Jersey con trayectoria puede explicarle sus obligaciones, trabajar con los proveedores y presentar el papeleo ante el tribunal y la MVC para que usted cumpla plenamente y pueda volver a la carretera.

Propósito de los dispositivos de bloqueo en casos de DUI

El propósito principal de un dispositivo de bloqueo de encendido es evitar que las personas intoxicadas operen un vehículo de motor, reduciendo así el riesgo de nuevos incidentes de DUI y mejorando la seguridad pública. Las estadísticas muestran que los IID son efectivos para reducir la reincidencia de DUI, ya que proporcionan un recordatorio constante a los conductores de que no deben beber y conducir.

Los dispositivos de bloqueo también permiten que los condenados por DUI mantengan sus privilegios de conducir, aunque bajo condiciones estrictas. Esto puede ser crucial para mantener el empleo, asistir a la escuela y cumplir con las obligaciones familiares, ayudando a minimizar los costos personales y sociales asociados con una condena por DUI.

Finalmente, el uso de dispositivos de bloqueo en casos de DUI ayuda a crear conciencia sobre la gravedad de las consecuencias de conducir ebrio. Ver a alguien usar un IID sirve como un ejemplo de advertencia, recordando a otros las posibles sanciones que conlleva conducir bajo la influencia. En consecuencia, los dispositivos de bloqueo de encendido no sirven solo como una medida preventiva, sino también como un disuasivo que promueve la conducción sobria y la seguridad vial general.

Falta de instalación de un dispositivo de bloqueo

Una violación común es no instalar un IID cuando se ordena hacerlo. Esto ocurre cuando alguien a quien un tribunal o un Departamento de Vehículos Motorizados del estado (DMV) le ha ordenado instalar un IID no cumple con la orden.One common violation is failing to install an IID when ordered to do so. This occurs when someone who has been ordered by a court or a state Department of Motor Vehicles (DMV) to install an IID does not comply with the order.

Bajo la ley reformada de DWI en Nueva Jersey, las personas que son condenadas o se declaran culpables de conducir bajo la influencia del alcohol deben instalar un dispositivo de bloqueo en su vehículo, como se describe en N.J.S.A. 39:4-50. Si una persona tiene acceso a múltiples vehículos, el tribunal ordena la instalación en el automóvil que posee, arrienda o que opera principalmente con más frecuencia.

Para garantizar el cumplimiento, la persona debe completar un formulario para el tribunal, especificando el vehículo donde se instalará el dispositivo. El tribunal también informará a la Comisión de Vehículos Motorizados sobre la sentencia impuesta, lo que provocará que la Comisión emita una nueva licencia. Esta licencia actualizada tendrá una anotación que indica a las fuerzas del orden que el conductor debe tener un dispositivo de bloqueo en su automóvil.

No instalar el dispositivo y ser sorprendido conduciendo resultará en que el tribunal suspenda la licencia del infractor por un año, además de cualquier suspensión y sanción previa ordenada por el juez.

Intentos de manipular o eludir el dispositivo de bloqueo

Bajo N.J.S.A. 39:4-50.19, es una violación manipular, eludir o ayudar a alguien a evitar un dispositivo de bloqueo de encendido (IID) requerido. Actos específicos como soplar en el dispositivo de otra persona, manipular el IID o prestar/alquilar a sabiendas un vehículo sin IID a una persona obligada a usarlo se clasifican como delitos de personas desordenadas. Una condena por persona desordenada en Nueva Jersey conlleva hasta seis meses de cárcel y una multa de hasta $1,000, y los tribunales pueden imponer libertad condicional hasta por cinco años.

Según el estatuto, solo el conductor que está obligado a tener el dispositivo instalado debe proporcionar la muestra de aliento, y manipular el dispositivo para evitar conducir con él está estrictamente prohibido. Además, prestar, arrendar o alquilar un vehículo a alguien que está obligado a conducir con un dispositivo de bloqueo se considera una violación de la ley. Por lo tanto, las personas que ayudan a otros a evadir el requisito del bloqueo no solo ponen en riesgo su propio historial penal, sino que también enfrentan repercusiones legales si son sorprendidas.

Es crucial comprender las consecuencias legales y las posibles sanciones asociadas con la manipulación o el intento de eludir un dispositivo de bloqueo de encendido. Cumplir con la ley y adherirse a los requisitos descritos en NJSA 39:4-50.19 es esencial para evitar cargos penales y garantizar la seguridad vial.

Fallar en la re-prueba aleatoria

Una vez que se pasa con éxito la prueba inicial, se requerirá que el conductor se someta a una re-prueba aleatoria del bloqueo a intervalos aleatorios mientras está en el camino. Esta re-prueba aleatoria sigue el mismo procedimiento que la prueba inicial del alcoholímetro, pero ocurre mientras se conduce.

Cuando el dispositivo indica la necesidad de una re-prueba aleatoria, ya sea a través de pitidos o destellos en la pantalla, el conductor debe proporcionar una muestra de aliento. Típicamente, hay una ventana de tiempo de aproximadamente siete minutos para completar la re-prueba, aunque los requisitos específicos pueden variar. No cumplir con la re-prueba aleatoria se documentará como una prueba omitida, lo que puede llevar a una prohibición temporal de operar el vehículo.

Si el conductor tarda demasiado en proporcionar la muestra de aliento de la re-prueba aleatoria, el dispositivo emitirá varias señales de acuerdo con las regulaciones estatales. Estas señales pueden incluir luces intermitentes, el sonar de la bocina del automóvil y la activación de una sirena interna dentro del dispositivo. En este punto, el conductor deberá orillarse y someterse a una re-prueba para detener las señales. Fallar la re-prueba en esta etapa activará un modo de bloqueo para el vehículo, evitando que el conductor lo opere por un periodo de tiempo predeterminado.

Iré a la cárcel por fallar una prueba del bloqueo?

Si falla una prueba del dispositivo de bloqueo de encendido en Nueva Jersey, es posible que se pregunte sobre las consecuencias potenciales, incluida la posibilidad de tiempo en la cárcel. Es importante entender qué puede suceder si viola los requisitos del bloqueo de encendido.

Una sola prueba de bloqueo fallida suele tener consecuencias administrativas, por ejemplo, un bloqueo del vehículo, visitas de servicio adicionales o una extensión del término del IID, pero no la cárcel. La exposición a la cárcel en Nueva Jersey generalmente proviene de conductas separadas, como manipular o eludir el dispositivo, o conducir un vehículo no equipado mientras está bajo la orden, lo que también puede activar una suspensión de un año. Los tribunales o la MVC también pueden extender el uso del IID por violaciones repetidas del programa. Si enfrenta una presunta violación, hable con un abogado rápidamente para proteger sus privilegios de conducir.

Consecuencias y sanciones por violaciones del bloqueo

Aunque los IID han sido efectivos para reducir la reincidencia de delitos de DUI, algunas personas pueden no cumplir con las estipulaciones del programa de IID, lo que lleva a más consecuencias y sanciones.

Sanciones por no instalar el dispositivo de bloqueo de encendido

Cuando un tribunal de Nueva Jersey ordena la instalación de un dispositivo de bloqueo de encendido como parte de una sentencia por DUI, el cumplimiento no es opcional sino un requisito legal. La falta de instalación de este dispositivo en cualquier vehículo de propiedad, arrendado o utilizado principalmente por el infractor desencadena repercusiones severas.

En primer lugar, el individuo enfrentará una suspensión de un año de su licencia de conducir. Esto se suma a cualquier suspensión o sanción ya impuesta bajo las regulaciones específicas de DUI de R.S.39:4-50. Es crucial que los infractores comprendan que cada sanción es acumulativa, lo que significa que el tiempo total sin privilegios de conducir puede aumentar sustancialmente.

Además, esta suspensión particular por no instalar un dispositivo de bloqueo se aplica estrictamente a menos que el infractor pueda proporcionar una razón aceptada por el tribunal para su incapacidad de cumplir. Las razones consideradas válidas se determinan a discreción del tribunal y generalmente se basan en circunstancias atenuantes que impiden la instalación.

Este enfoque estricto subraya el compromiso del estado para reducir los incidentes de conducción en estado de ebriedad al asegurar que los infractores integren medidas correctivas como el dispositivo de bloqueo de encendido. El dispositivo es una herramienta crítica para monitorear y ajustar el comportamiento de las personas condenadas por DUI, con el objetivo de mejorar la seguridad vial.

Por lo tanto, es imperativo que cualquier persona sujeta a este mandato tome medidas inmediatas para cumplir con la orden de instalación. Retrasar o no instalar el dispositivo de bloqueo de encendido no solo extiende el periodo sin privilegios de conducir, sino que también aumenta las consecuencias legales y financieras que enfrenta el individuo. El cumplimiento es esencial para recuperar el control y avanzar hacia la restauración del estatus de conducción legalmente.

Sanciones por intentar manipular o eludir el dispositivo de bloqueo de encendido

Además, si un individuo opera un vehículo con un dispositivo de bloqueo instalado por orden judicial y arranca el vehículo usando cualquier método que no sea soplar él mismo en el dispositivo, o si conduce un vehículo sin dicho dispositivo, su licencia de conducir será suspendida por un año. Esta sanción se suma a cualquier otra consecuencia legal aplicable.

Otras consecuencias

Además, ciertas acciones clasificarán a un individuo como un delito de persona desordenada, incluyendo:

  • Soplar intencionalmente en un dispositivo de bloqueo o arrancar un vehículo de motor equipado con el dispositivo con el propósito de proporcionar un vehículo funcional a alguien a quien el tribunal le ha ordenado instalar el dispositivo.
  • Manipular o eludir el funcionamiento de un dispositivo de bloqueo.
  • Alquilar, arrendar o prestar a sabiendas un vehículo de motor sin un dispositivo de bloqueo a alguien a quien el tribunal le ha ordenado instalar dicho dispositivo en un vehículo que posee, arrienda o que opera regularmente.

Sin embargo, las disposiciones mencionadas anteriormente no se aplicarán si una persona arranca un vehículo de motor que debe tener un dispositivo de bloqueo de encendido para fines de seguridad o reparación mecánica, siempre que el individuo sujeto a la orden judicial no opere el vehículo.

Cómo evitar violaciones del dispositivo de bloqueo

Los dispositivos de bloqueo son herramientas esenciales diseñadas para ayudar a mantener a los conductores ebrios fuera de las carreteras. Requieren que el conductor proporcione una muestra de aliento antes de arrancar el vehículo y periódicamente mientras conduce para evitar que otras personas proporcionen la muestra por ellos. Si el alcoholímetro detecta alcohol en el sistema del conductor, el dispositivo de bloqueo no permitirá que el automóvil arranque. Aunque estos dispositivos son beneficiosos para la seguridad pública, el mal uso o los problemas técnicos pueden provocar infracciones. Por lo tanto, entenderlos y usarlos correctamente es crucial. A continuación, se explica cómo prevenir las infracciones del dispositivo de bloqueo:

Instalación y mantenimiento adecuados del dispositivo

El primer paso para evitar infracciones es que un profesional certificado instale el dispositivo de bloqueo. Esto garantiza una conexión correcta al vehículo y reduce las posibilidades de mal funcionamiento o lecturas falsas. El mantenimiento regular, incluida la calibración e inspección, también es vital. Estas medidas aseguran que el dispositivo funcione según lo previsto, minimizando el riesgo de falsos positivos e infracciones relacionadas.

Comprensión del funcionamiento y las pautas del dispositivo

El conocimiento del funcionamiento del dispositivo de bloqueo y de las normativas pertinentes es clave. Los usuarios deben estar atentos a sustancias como ciertos enjuagues bucales o pastas de dientes que contienen alcohol y pueden dar lugar a falsos positivos. También es fundamental familiarizarse con las pautas del dispositivo, como el periodo de espera necesario después de comer, beber o fumar antes de dar una muestra de aliento. Esta comprensión ayuda a evitar infracciones accidentales.

Búsqueda de transporte alternativo si se planea el consumo de alcohol

Si una persona que tiene un dispositivo de bloqueo instalado en su vehículo planea consumir alcohol, es crucial organizar un transporte alternativo. Opciones como el transporte público, servicios de taxi, programas de transporte compartido o tener un conductor sobrio designado son todas opciones viables para evitar intentar arrancar el vehículo bajo la influencia. Esta precaución evitará cualquier posible infracción del dispositivo de bloqueo y mantendrá a salvo al individuo y a los demás en la carretera.

Completar la capacitación requerida sobre el dispositivo de bloqueo

En Nueva Jersey, los instaladores deben proporcionar capacitación/instrucciones sobre el uso adecuado del IID al momento de la instalación. Este programa cubre el uso y mantenimiento adecuados del dispositivo, las implicaciones legales del mal uso y el manejo de posibles problemas técnicos. Completar esta capacitación dota a los usuarios del conocimiento necesario para usar el dispositivo correctamente, reduciendo así la probabilidad de infracciones.









CategoríaDetalles
Umbral de BAC para activaciónAproximadamente 0.05% (menor que el límite legal de 0.08%); el vehículo no arrancará si el BAC supera este nivel
Reducción de la reincidencia (general)Tasa de nuevos arrestos alrededor de un 67% menor durante la instalación del IID
Reducción de la reincidencia (estudio de Nuevo México)Los infractores por primera vez tuvieron una tasa de reincidencia un 61% menor mientras estaba instalado; un 39% menor después de la remoción
Crédito por suspensión de licenciaCrédito “2 por 1”: cada 2 días de uso del IID equivale a 1 día de reducción de la suspensión
Elegibilidad para el créditoLicencia de NJ válida, sin lesiones corporales graves, instalación voluntaria previa a la condena
Ley de instalación voluntaria de IIDDesde febrero de 2024, los conductores pueden instalar el IID anticipadamente para reducir las sanciones si se cumplen los criterios
Duración del requisito del IID Ejemplo: un BAC de 0.15% o superior requiere IID durante 6 a 12 meses después de la restauración de la licencia
Mecánica general del IIDRequiere prueba de aliento antes de arrancar; re-pruebas aleatorias mientras se conduce; registra todos los eventos

Cómo puede ayudar un abogado de DUI de Nueva Jersey con trayectoria

Tener a su lado a un abogado de DUI de Nueva Jersey con trayectoria puede marcar una diferencia significativa cuando se trata de infracciones de bloqueo. Las dificultades legales y las posibles consecuencias de estas infracciones requieren una orientación legal experimentada para proteger sus derechos y lograr el resultado más favorable posible en su situación.

En The Kugel Law Firm, nuestros abogados de DUI de Nueva Jersey con conocimientos pueden analizar a fondo la evidencia, cuestionar la precisión del dispositivo de bloqueo e identificar cualquier error de procedimiento que pudiera jugar a su favor. Con nuestra asistencia, usted puede navegar por el proceso legal, negociar con los fiscales y esforzarse por una resolución favorable adaptada a su caso específico. Contacte a The Kugel Law Firm hoy al (973) 854-0098 para programar una consulta.

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