Blog de The Kugel Law Firm

Puedes alegar conducción temeraria en lugar de DUI?

Publicado el septiembre 8, 2025

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La conducción bajo los efectos del alcohol y la conducción temeraria suelen ir de la mano. Un agente ve que conduces de forma insegura, te detiene y te pide que hagas pruebas de sobriedad o una prueba de alcoholemia. Eso puede convertirse en una DUI. A veces te acusan de DUI y de conducción temeraria al mismo tiempo. Ambas son graves en Nueva Jersey, pero la DUI tiene sus propias penas y multas que son diferentes de las de la conducción temeraria y a menudo más duras.

No toda conducción bajo los efectos del alcohol se considera conducción temeraria. Pueden acusarte de conducir bajo los efectos del alcohol en un control de tráfico, no porque alguien te haya visto conducir de forma temeraria. La otra cara de la moneda también es cierta. Te pueden declarar culpable de conducción temeraria aunque estés sobrio. Quizá te preguntes si la conducción bajo los efectos del alcohol es un delito penal en Nueva Jersey. Las etiquetas pueden ser confusas, y las consecuencias pueden seguir pesando sobre tu carné, tu cartera y tu historial.

Habla con un abogado de DUI de Nueva Jersey lo antes posible. Tu situación es única, y los detalles importan. Un abogado puede revisar la detención, las pruebas y las pruebas del Estado, y luego trazar un plan que se ajuste a tus objetivos. Eso podría significar luchar contra los cargos, impugnar los resultados de las pruebas, negociar una reducción a conducción temeraria o discutir un acuerdo con la fiscalía si esa es la vía más inteligente. Ponte en contacto con el bufete de abogados Kugel llamando al (973) 854-0098 para una consulta confidencial y empieza a construir hoy mismo una defensa estratégica para tu situación.

Cuál es la diferencia entre conducción temeraria y DUI?

Si te acusan de DUI o DWI en Nueva Jersey, se alega que estabas bajo los efectos del alcohol o las drogas. Eso incluye las drogas ilegales y los medicamentos recetados que afectan a tu forma de conducir. La policía suele basarse en un alcoholímetro, pruebas de sobriedad sobre el terreno o un análisis de sangre para demostrar la deficiencia.

La conducción temeraria es diferente. Puedes estar completamente sobrio y aun así ser citado. En Nueva Jersey, la conducción temeraria significa que has conducido de forma que has puesto en peligro a personas o bienes, sin tener en cuenta la seguridad de forma deliberada o deliberada. En pocas palabras, sabías que la conducción era peligrosa y seguiste adelante.

Incluso los conductores sobrios pueden ser detenidos por conducción temeraria, lo que podría parecer:

  • Conducir en sentido contrario por una calle de sentido único
  • Ignorar las señales de stop o los semáforos o saltárselos con exceso de velocidad
  • Exceso de velocidad, especialmente en zonas de obras
  • Ir por detrás, zigzaguear en el tráfico o competir con otros conductores
  • Conducción de un vehículo peligroso o carga mal sujeta
  • Furia al volante o uso de un vehículo de motor como arma peligrosa

Las consecuencias dependen de lo ocurrido y de tus antecedentes. La conducción temeraria es una infracción del Título 39, no un delito. Aun así, puede acarrear multas, 5 puntos MVC, hasta 60 días de cárcel por un primer delito, hasta 3 meses por un segundo, e incluso la suspensión del permiso en casos graves o reincidentes. Los antecedentes penales sólo entran en juego si los fiscales también presentan cargos separados del Título 2C basados en la misma conducta.

El exceso de velocidad es un buen ejemplo. Ir de 5 a 10 millas por hora por encima del límite suele suponer una multa civil. Si llevas la velocidad al extremo, un agente puede citarte por conducción temeraria según la ley 39:4-96 de Nueva Jersey. Ese cargo puede conllevar hasta 60 días de cárcel en un primer delito, más 5 puntos. Nueva Jersey no utiliza etiquetas de delito menor o grave para este delito del Título 39. Si alguien resulta herido o muerto, los fiscales también pueden presentar delitos del Título 2C, como agresión con vehículo u homicidio con vehículo.

Cuál es la diferencia entre conducción temeraria, imprudente e insegura?

La conducción temeraria es la más grave de las tres. Significa que condujiste sin cuidado, con desprecio intencionado o gratuito por la seguridad, de forma que pudieras poner en peligro a personas o bienes. Ese estado mental es la clave. La conducción negligente es diferente. Abarca el comportamiento desatento o negligente, como conducir sin la debida precaución, que crea riesgo pero no muestra ese desprecio extremo. La conducción insegura es su propio delito. Se dirige a operaciones que pueden poner en peligro, pero a menudo se trata como una opción menor, sin puntos, para muchos conductores.

Conducir de forma temeraria significa que has conducido sin tener en cuenta la seguridad. En Nueva Jersey, una primera infracción conlleva una multa de 50 a 200 $ y hasta 60 días de cárcel, y una segunda infracción puede suponer de 100 a 500 $ y hasta 3 meses. Supone una infracción de 5 puntos en tu licencia.

Las sanciones y los puntos son muy diferentes. Una primera condena por imprudencia conlleva hasta 60 días de cárcel o una multa de 50 a 200 $, o ambas cosas. Una segunda condena o posteriores pueden suponer hasta 3 meses de cárcel y una multa de 100 a 500 $. También añade 5 puntos de carné. La conducción temeraria suele conllevar una multa de 50 a 200 $, una posible pena de cárcel de hasta 15 días y 2 puntos del carné. Las multas por conducción temeraria van de 50 a 150 $ por la primera infracción, de 100 a 250 $ por la segunda y de 200 a 500 $ por la tercera o posteriores. Mientras que las dos primeras infracciones no conllevan puntos, una tercera infracción en un plazo de cinco años da lugar a 4 puntos. El antiguo recargo de 250 $ por conducción temeraria se ha eliminado y ya no puede cobrarse por infracciones ocurridas después de su derogación.

A veces, los fiscales aceptan reducir un caso de conducción temeraria débil, o al límite de la DUI, a conducción negligente, o de temeraria a negligente, porque las pruebas de intención o intoxicación son escasas. Ese tipo de rebaja puede cambiar los puntos y la exposición.

Un abogado de DUI de Nueva Jersey puede revisar la detención, las pruebas y el vídeo, detectar problemas probatorios y presionar para obtener el mejor resultado posible con arreglo a la nueva ley, incluida una reducción a conducción temeraria o imprudente cuando los hechos lo apoyen.

Abogado de DUI en Nueva Jersey

Rachel Kugel

En The Kugel Law Firm, Rachel Kugel se enfoca en defender a personas de bien acusadas de conducir bajo la influencia del alcohol o las drogas. Ella construye defensas rigurosas basadas en la ciencia, analizando minuciosamente las paradas de tráfico, las pruebas de sobriedad en el sitio y los resultados de los análisis de aliento o sangre para proteger su licencia, su libertad y sus antecedentes.

Rachel se mantiene a la vanguardia de las estrategias de defensa de DWI y comparte activamente ese conocimiento con la comunidad legal. Es miembro del National College of DWI Defense y de la DUI Defense Lawyers Association, y ha sido invitada a hablar sobre la defensa de DWI y la gestión de la práctica legal por AVVO “Lawyernomics”, la Asociación de Abogados de Nueva Jersey (New Jersey Bar Association) y Garden State CLE.

The Kugel Law Firm cuenta con calificación de AVVO y ha sido incluida en la lista de Rising Star SuperLawyers por tres años consecutivos, brindándole la tranquilidad de saber que está eligiendo a una defensora capacitada y experimentada para su caso.

Puedes alegar conducción temeraria en lugar de DUI?

Sí. En Nueva Jersey, a veces puedes declararte culpable de conducción temeraria en lugar de DUI. Desde 2024, los fiscales pueden recomendar acuerdos en los casos de DUI, previa aprobación del tribunal. Eso significa que una DUI puede negociarse a un delito de tráfico menor como la conducción temeraria cuando los hechos lo apoyen.

No es automático. Un fiscal debe estar de acuerdo, y debe haber una base fáctica sólida para la nueva acusación. Los buenos candidatos son la primera infracción, una tasa de alcoholemia cercana al límite legal, que no haya colisión ni lesiones, y problemas defendibles en la detención, las pruebas o los informes policiales. Los casos de drogas, conductores comerciales, alcoholemias muy altas o daños graves son mucho más difíciles de reducir.

Un cargo por conducción temeraria suele conllevar multas más bajas, menos sanciones colaterales y menos repercusiones a largo plazo que una condena por DUI. Sin embargo, los puntos, la posibilidad de ir a la cárcel y las consecuencias para el seguro pueden seguir, por lo que el objetivo es conseguir el mejor resultado para tu situación.

Un abogado de DUI de Nueva Jersey puede auditar las pruebas de la parada, de aliento o de sangre, identificar los argumentos de supresión, negociar con el fiscal y presentar atenuantes como el tratamiento y el historial de conducción. Con la estrategia adecuada, una declaración de culpabilidad por conducción temeraria puede ser un camino realista.

Posibilidades de que te reduzcan la DUI a conducción temeraria

En Nueva Jersey, la posibilidad de reducir un cargo por DUI a conducción temeraria es difícil pero posible. Históricamente, una directriz del Tribunal Supremo de Nueva Jersey («Directriz 4») prohibía la negociación de los cargos y la condena en los casos de conducción bajo los efectos del alcohol. En 2024, la Legislatura modificó N.J.S.A. 39:4-50 para autorizar los acuerdos de culpabilidad «a pesar de cualquier directriz judicial en contrario», y el Tribunal retiró formalmente la Directriz 4. Ese cambio permite ahora las declaraciones de culpabilidad negociadas en los casos apropiados con una base fáctica y la recomendación del fiscal.

La probabilidad de obtener dicha reducción depende de varios factores. Entre ellos están los detalles del delito de conducir bajo los efectos del alcohol, el historial de conducción del acusado y cualquier cuestión de procedimiento relacionada con la detención, como lecturas inexactas de la tasa de alcoholemia o circunstancias cuestionables en torno a la parada de tráfico. Los fiscales de Nueva Jersey pueden recomendar acuerdos basados en los hechos del caso. Para los infractores por primera vez o aquellos con niveles de alcoholemia límite, las posibilidades de una reducción pueden ser mayores, aunque no hay ninguna garantía.

A pesar de la opción de reducir los cargos de DUI a conducción temeraria, los delitos de DUI en Nueva Jersey siguen acarreando penas severas, incluidas multas, suspensiones de licencia y posibles penas de cárcel. Negociar un acuerdo favorable requiere una cuidadosa consideración de los hechos, y la orientación jurídica es esencial para lograr el mejor resultado. Un conocimiento profundo de la ley, junto con la orientación de un profesional del derecho, puede influir mucho en la posibilidad de rebajar un cargo por DUI a conducción temeraria, convirtiéndolo en una opción viable pero difícil en algunos casos.

Cómo conseguir que se anule una multa por conducción temeraria en Nueva Jersey?

Enfrentarse a una multa por conducción temeraria en Nueva Jersey puede ser abrumador, pero hay acciones específicas que puedes emprender para desestimar o reducir potencialmente los cargos. Sigue estos pasos:

  • Entiende los cargos: Familiarízate con lo que la ley de Nueva Jersey considera conducción temeraria. Saber esto te ayudará a identificar el planteamiento de defensa más favorable.
  • Contrata a un abogado: Contrata a un abogado penalista con experiencia en infracciones de tráfico. Un abogado puede evaluar tu caso, guiarte a través del proceso legal y defenderte ante el tribunal.
  • Reúne pruebas: Recopila todas las pruebas que puedan apoyar tu inocencia o atenuar las circunstancias. Esto puede incluir declaraciones de testigos, fotos o vídeos del lugar de los hechos y cualquier otra documentación pertinente.
  • Cuestiona el testimonio del agente: La credibilidad del agente que puso la multa puede ser un factor importante. Tu abogado puede cuestionar su testimonio, buscando incoherencias o errores de procedimiento que puedan beneficiar a tu caso.
  • Negocia una declaración de culpabilidad: Considera la posibilidad de negociar con el fiscal un delito menor. Esto puede dar lugar a penas reducidas y consecuencias a largo plazo menos graves para tu historial de conducción.
  • Completa un Curso de Conducción Defensiva: Mostrar un comportamiento proactivo completando un curso de conducción defensiva puede demostrar al tribunal tu compromiso con la conducción segura, lo que podría ayudar a que se desestimen o reduzcan los cargos.
  • Expresa remordimiento: Muestra auténtico remordimiento y comprensión de la gravedad del delito. Un planteamiento sincero puede influir a veces positivamente en la decisión del tribunal.

Tomar estas medidas mejora tus perspectivas de hacer frente con éxito a una multa por conducción temeraria en Nueva Jersey. Cada paso requiere una cuidadosa consideración y lo ideal es que se lleve a cabo con el apoyo de un abogado cualificado.

Paso Contexto jurídico en Nueva Jersey
Entender los cargos La conducción temeraria se define en N.J.S.A. 39:4-96. Las sanciones pueden incluir hasta 60 días de cárcel y una multa de 50 a 200 dólares por un primer delito.
Contrata a un abogado Los abogados pueden argumentar la falta de intención temeraria o negociar la reducción a conducción negligente o insegura.
Recoge pruebas Pruebas como las declaraciones de testigos, fotos o grabaciones de radar y de vídeo desafiantes pueden debilitar a la acusación.
Cuestiona el testimonio del agente La defensa puede centrarse en incoherencias o errores en el relato del agente.
Negociar una declaración de culpabilidad Posibilidad de reducir a cargos menores, como conducción temeraria o insegura, que conllevan penas menores.
Realiza un Curso de Conducción Defensiva Aunque la ley no lo exige, completar un curso puede influir positivamente en la opinión del juez sobre tu caso.
Expresar remordimientos Demostrar sinceridad y responsabilidad a veces puede conducir a una reducción de las penas.

Conducción temeraria vs. DUI en Nueva Jersey

La conducción bajo los efectos del alcohol y la conducción temeraria suelen ser cargos relacionados pero distintos en Nueva Jersey. Un conductor puede ser detenido por exhibir un comportamiento temerario, lo que puede dar lugar a una prueba de sobriedad o de alcoholemia y a una acusación posterior por conducir bajo los efectos del alcohol. No toda conducción bajo los efectos del alcohol se considera conducción temeraria y, a la inversa, la conducción temeraria puede producirse incluso cuando el conductor está sobrio. Las penas y multas por conducción temeraria suelen ser menos severas que las de una DUI, pero ambos cargos conllevan consecuencias importantes.

Según N.J.S.A 39:4-96, la conducción temeraria en Nueva Jersey implica poner en peligro a personas o bienes con desprecio intencionado o gratuito de los derechos o la seguridad de los demás. Hace caso omiso de las normas de seguridad en la conducción sin tener en cuenta la posibilidad de causar daños. Algunos ejemplos de conducción temeraria son conducir en dirección contraria por una calle de sentido único, exceso de velocidad, ir pegado al vehículo y conducir con furia. Las consecuencias de la conducción temeraria dependen de los hechos y de tu historial. Se trata de una infracción del Título 39 del Código de la Circulación de Vehículos a Motor, sancionable con entre 50 y 200 dólares y hasta 60 días de cárcel por la primera infracción; entre 100 y 500 dólares y hasta 3 meses de cárcel por la segunda, más 5 puntos MVC y posible suspensión del permiso por orden judicial en casos graves o reincidentes, pero no es un delito menor ni un delito grave.

Por el contrario, conducir bajo los efectos del alcohol (DUI), según se define en N.J.S.A. § 39:4-50, implica conducir con una concentración de alcohol en sangre igual o superior al 0,08% para mayores de 21 años, o bajo los efectos de bebidas embriagantes, estupefacientes, alucinógenos o drogas adictivas. Ser condenado por conducir bajo los efectos del alcohol conlleva importantes consecuencias, como multas, suspensión del permiso de conducir, participación obligatoria en programas de educación sobre el alcohol y posibilidad de encarcelamiento.

A pesar de ser infracciones de tráfico distintas, un conductor puede enfrentarse simultáneamente a cargos por conducción temeraria y por conducir bajo los efectos del alcohol. En Nueva Jersey, tanto la DUI (N.J.S.A. 39:4-50) como la conducción temeraria (N.J.S.A. 39:4-96) son infracciones de tráfico del Título 39, no delitos. Una condena por conducir ebrio puede acarrear graves penas y consecuencias colaterales, pero no es una condena penal del Título 2C. Cuando se producen lesiones o muerte, pueden presentarse cargos separados del Título 2C (por ejemplo, agresión con vehículo u homicidio con vehículo).

En muchos casos de primera infracción por conducir bajo los efectos del alcohol con una tasa de alcoholemia inferior a 0,15%, Nueva Jersey utiliza ahora un dispositivo de bloqueo del encendido en lugar de una suspensión fija. El permiso sólo se retira hasta que se instala el dispositivo de bloqueo, tras lo cual el conductor puede conducir con el dispositivo durante un periodo determinado. Las multas por conducir bajo los efectos de las drogas conllevan una suspensión de 7 a 12 meses, y una tasa de alcoholemia ≥ 0,15% conlleva una suspensión de tres meses seguida de la instalación del dispositivo de bloqueo. Sin embargo, con un cargo de conducción temeraria, un conductor no pierde automáticamente sus privilegios de conducción. Ambos delitos se consideran infracciones de tráfico graves, que conllevan importantes sanciones por infringir la ley.

En Nueva Jersey, declararse conductor temerario en lugar de DUI no es un proceso sencillo. Los estatutos limitan los tipos de ofertas que los fiscales pueden hacer para resolver un caso, por lo que una declaración de culpabilidad por un delito de tráfico alternativo no resulta fácil. Sin embargo, pueden alcanzarse acuerdos alternativos basados en la incapacidad del Estado para probar el caso de DUI más allá de toda duda razonable. Por eso es esencial contar con un abogado especializado en DWI que pueda identificar los puntos débiles del caso del fiscal y argumentar a favor de una desviación.

En la Firma de Abogados Kugel, manejamos este tipo de cargos todos los días para nuestros clientes. Programa ahora una consulta sin riesgo con nuestros abogados líderes en DUI/DWI. Puedes contactar con nosotros en el (973) 854-0098.

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