Blog de The Kugel Law Firm

¿Qué es la conducción bajo los efectos del alcohol con agravantes en Nueva York y cuáles son las sanciones?

Publicado el 25 de junio de 2026

Facebook
Twitter
LinkedIn
Table of Contents

Conducir bajo los efectos del alcohol con agravantes en Nueva York es un delito más grave de conducción bajo los efectos del alcohol que se aplica en dos situaciones: cuando el nivel de alcohol en sangre (BAC) del conductor es del 0,18 % o superior, o cuando una persona conduce en estado de embriaguez con un menor de 15 años o menos en el vehículo. Conlleva sanciones más severas que un delito de conducción bajo los efectos del alcohol (DWI) o de conducción bajo los efectos del alcohol con capacidad de conducción (DWAI) estándar, incluyendo multas más elevadas, suspensiones del carné más prolongadas, recargos obligatorios, libertad condicional, la obligación de instalar un dispositivo de bloqueo del arranque y un mayor riesgo de ir a la cárcel.

Si te enfrentas a un cargo por conducir bajo los efectos del alcohol con agravantes, contar con un abogado especializado en defensa de casos de DWI en Manhattan puede marcar una gran diferencia en tu caso. Dirigido por la abogada neoyorquina especializada en DWI Rachel Kugel, nuestro equipo de The Kugel Law Firm puede preparar una defensa sólida, rebatir las pruebas de la acusación y trabajar para conseguir el mejor resultado posible para tu caso.

Esta guía explica la legislación que regula la conducción bajo los efectos del alcohol con agravantes, en qué se diferencian los cargos por conducción bajo los efectos del alcohol con agravantes de los de DWI y DWAI, todas las sanciones previstas para la primera, segunda y tercera infracción, los recargos obligatorios y los pasos que debes seguir tras una detención. Ponte en contacto con The Kugel Law Firm llamando al (212) 372-7218 para hablar de tu caso de conducción bajo los efectos del alcohol con agravantes y conocer tus opciones legales.


¿Qué se entiende por «conducción bajo los efectos del alcohol con agravantes» según la legislación de Nueva York?

El DWI agravado es un cargo por conducir ebrio más grave bajo la Ley de Vehículos y Tráfico de Nueva York §1192(2-a). Hay dos formas de ser acusado de DWI agravado:

  • BAC alto: Conducir con una concentración de alcohol en la sangre de 0.18% o más. Esto es un delito menor (misdemeanor) para una primera ofensa.
  • Niño en el vehículo: Conducir intoxicado o con facultades disminuidas con un niño de 15 años o menos en el automóvil. Esto es un delito grave (felonía) de Clase E, incluso para una primera ofensa. Nueva York denomina a esto la «Ley de Leandra«.

La etiqueta de «agravado» significa que estos cargos conllevan penalidades más severas que un DWI estándar porque la conducta crea un mayor riesgo para la seguridad pública.

¿Qué es el criterio de «per se» en relación con la tasa de alcoholemia?

El primer tipo de delito es un delito «per se», lo que significa que el nivel de alcohol en sangre por sí solo basta para fundamentar la acusación. Si una prueba química muestra un nivel de alcohol en sangre del 0,18 % o superior, los fiscales no necesitan pruebas adicionales de que tu capacidad de conducción se viera afectada —como una conducción deficiente o no superar las pruebas de sobriedad en la calle— para presentar la acusación. La ley permite realizar pruebas de aliento, sangre, saliva u orina para medir tu nivel de alcohol en sangre.

Como el 0,18 % es más del doble del límite estándar del 0,08 % para la conducción bajo los efectos del alcohol, este delito agravado «per se» se considera un delito menor agravado en la primera infracción. La cifra es la que determina el resultado, por lo que cuestionar la precisión y la forma en que se ha realizado la prueba suele ser clave en la defensa.

¿Qué es la disposición sobre el transporte de niños en el coche (Ley de Leandra)?

El segundo apartado se aplica cuando alguien incumple la ley de DWI «per se» de Nueva York, la de DWI según el derecho consuetudinario, la de DWAI por drogas o la de DWAI por combinación, mientras hay un niño de 15 años o menos como pasajero en el coche. Según la Ley de Leandra, esto se considera un delito grave de clase E incluso si es la primera infracción, independientemente del nivel exacto de alcohol en sangre del conductor. Este apartado refleja la decisión de Nueva York de tratar como delito grave desde el principio el hecho de poner en peligro a un menor mientras se conduce bajo los efectos del alcohol o las drogas.

Un delito grave de este tipo conlleva consecuencias mucho más graves que el simple delito menor, incluyendo la posibilidad de ir a la cárcel estatal y una suspensión prolongada del carné de conducir. La presencia de un menor en el coche puede convertir una situación que, de otro modo, sería un delito menor en un caso de delito grave.

Conclusión clave: El artículo 1192(2-a) de la VTL establece dos tipos de delito grave por conducir bajo los efectos del alcohol (DWI) en Nueva York: un delito menor «per se» si la concentración de alcohol en sangre es del 0,18 % o superior, y un delito grave de clase E según la Ley de Leandra por conducir bajo los efectos del alcohol con un menor de 15 años o menos en el coche.

¿Qué lugar ocupa la conducción bajo los efectos del alcohol con agravantes en el espectro de delitos de Nueva York?

En Nueva York, las infracciones de tráfico relacionadas con el alcohol se clasifican según una escala de gravedad. En el extremo inferior está la conducción con las facultades mermadas (DWAI), que es una infracción de tráfico no penal. En el medio está la conducción bajo los efectos del alcohol (DWI) estándar, con una tasa de alcohol en sangre (BAC) del 0,08 % o superior. En el extremo superior de la escala de alcohol se encuentra la DWI agravada, con una tasa de alcoholemia del 0,18 % o más, por lo que la calificación de «agravada» indica que se trata de un delito significativamente más grave.

¿En qué se diferencia el delito agravado de conducir bajo los efectos del alcohol del delito estándar de conducir bajo los efectos del alcohol en Nueva York?

La diferencia más clara es el límite de alcoholemia: 0,08 % para la conducción bajo los efectos del alcohol (DWI) estándar y 0,18 % para la conducción bajo los efectos del alcohol agravada (DWI). Ambas son delitos, pero la conducción bajo los efectos del alcohol agravada conlleva penas mínimas más altas y restricciones más estrictas a la hora de llegar a un acuerdo con la fiscalía. En la tabla de abajo se comparan las características principales de las primeras infracciones.

Característica DWAI (alcohol) Conducción bajo los efectos del alcohol (DWI) estándar Conducción bajo los efectos del alcohol con agravantes
Límite de alcoholemia Más del 0,05 %, pero menos del 0,08 % 0,08 % o más 0,18 % o más
Clasificación Infracción de tráfico no penal Delito menor Delito menor (delito grave si hay un menor a bordo)
Multa obligatoria (primera infracción) 300–500 $ 500–1 000 $ 1.000–2.500 dólares
Pena máxima de cárcel (primera infracción) 15 días 1 año 1 año
Medida disciplinaria sobre el carné (primera infracción) Suspensión de 90 días Revocación de al menos 6 meses Revocación de al menos 1 año

¿En qué se diferencia el delito de conducción bajo los efectos del alcohol con agravantes (DWI) del de conducción bajo los efectos del alcohol (DWAI) en Nueva York?

La DWAI es una infracción de tráfico no penal, mientras que la DWI agravada es un delito menor o un delito grave. Esa distinción tiene consecuencias que van mucho más allá de los tribunales. Una condena penal puede aparecer en los antecedentes penales y afectar al empleo, la vivienda, las licencias profesionales y la situación migratoria de formas en las que la DWAI, al no ser un delito, no lo hace.

Conclusión clave: La gama de delitos relacionados con el alcohol en Nueva York va desde la DWAI (no delictiva) hasta la DWI (0,08 %) y la DWI agravada (0,18 %). La DWI agravada es la más grave en la escala de alcohol, se considera un delito y conlleva las penas obligatorias más severas.

¿Cuáles son las sanciones por conducir bajo los efectos del alcohol con agravantes en Nueva York?

En Manhattan, un delito de conducción bajo los efectos del alcohol con agravantes conlleva una retirada del carné de conducir de al menos un año, multas y recargos obligatorios, libertad condicional y la posibilidad de ir a la cárcel. Las mismas sanciones estatales previstas en el artículo 1192(2-a) de la Ley de Tráfico de Vehículos (VTL) se aplican tanto si te detienen en Manhattan como en cualquier otro lugar de la ciudad de Nueva York o en cualquier parte del estado.

Grado de la infracción Multa obligatoria Pena máxima de cárcel o prisión Retirada del carné
Primera infracción agravada por conducir bajo los efectos del alcohol (delito menor) 1.000–2.500 dólares 1 año Al menos 1 año
Segunda infracción por conducir bajo los efectos del alcohol con agravantes en 10 años (delito grave de clase E) 1.000–5.000 dólares 4 años Al menos 18 meses
Tercera infracción agravada por conducir bajo los efectos del alcohol en 10 años (delito grave de clase D) 2.000–10.000 $ 7 años Al menos 18 meses

¿Cuáles son las sanciones por una primera infracción agravada por conducir bajo los efectos del alcohol en Nueva York?

Una primera infracción agravada por conducir bajo los efectos del alcohol es un delito menor. Las sanciones incluyen una multa de entre 1.000 y 2.500 dólares y/o hasta un año de cárcel, además de una retirada obligatoria del carné de conducir de un año impuesta por la DMV. El tribunal también puede imponer un período de libertad condicional de hasta tres años o una libertad condicional.

Además, una primera condena por conducir bajo los efectos del alcohol con agravantes conlleva un recargo obligatorio de 395 dólares en el juzgado (con un recargo adicional de 5 dólares en los juzgados municipales o de pueblo) o un recargo de 520 dólares en caso de condena por delito grave. También pueden aplicarse otras tasas.

¿Cuáles son las sanciones por una segunda o tercera infracción grave por conducir bajo los efectos del alcohol?

Una segunda infracción agravada por conducir bajo los efectos del alcohol en un plazo de 10 años es un delito grave de clase E. Se castiga con una multa de entre 1.000 y 5.000 dólares, hasta cuatro años de cárcel y la retirada del carné durante al menos 18 meses. En este caso, es mucho más probable que te caiga una pena de cárcel que en una primera infracción.

Una tercera infracción grave por conducir bajo los efectos del alcohol en un plazo de 10 años se considera un delito grave de clase D. Se castiga con una multa de entre 2.000 y 10.000 dólares, hasta siete años de cárcel y la retirada del carné durante al menos 18 meses. Además, cada nueva condena puede conllevar requisitos más largos de formación o tratamiento relacionados con el alcohol.

¿Qué otras consecuencias conlleva una condena por conducir bajo los efectos del alcohol con agravantes?

Además de las multas, la cárcel y la revocación, una condena conlleva varios requisitos y gastos adicionales:

  • Recargo obligatorio: 395 dólares por una condena por un delito menor y 520 dólares por una condena por un delito grave, más 5 dólares si la condena se dicta en un juzgado municipal o de pueblo.
  • Dispositivo de bloqueo de encendido: Es obligatorio como condición de la sentencia en caso de condena por conducir bajo los efectos del alcohol con agravantes.
  • Programa para conductores con problemas (IDP): El DMV puede exigirte que realices este programa como parte del proceso para recuperar el carné.
  • Libertad condicional: Los tribunales pueden imponer hasta tres años de libertad condicional, lo que incluye asistir a un grupo de apoyo sobre el impacto en las víctimas.

Los cargos relacionados con accidentes que causan lesiones o la muerte, como agresión con vehículo, agresión agravada con vehículo, homicidio involuntario con vehículo u homicidio con vehículo, pueden acarrear penas mucho más severas. Si has cometido varias infracciones relacionadas con el alcohol o las drogas en los últimos 15 o 25 años, también se te pueden aplicar sanciones adicionales.

Nueva actualización del sistema de puntos del DMV: 11 puntos y la tasa de evaluación

A partir del 16 de febrero de 2026, el Departamento de Vehículos de Motor (DMV) del estado de Nueva York puso en marcha una importante reforma de su sistema de puntos por infracciones de tráfico. Según estas nuevas normas, una condena por conducir bajo los efectos del alcohol con agravantes (DWI) ahora suma automáticamente 11 puntos directamente a tu carné de conducir. Antes de este cambio, una infracción de tráfico relacionada con el alcohol no conllevaba los puntos habituales del DMV.

Dado que, según las nuevas normas, acumular 10 o más puntos en un plazo de 24 meses da lugar a una revisión automática de la suspensión del carné, una sola condena por conducir bajo los efectos del alcohol con agravantes (DWI) que suponga 11 puntos puede poner en peligro de inmediato tu derecho a conducir.

Además, una condena por conducir bajo los efectos del alcohol con agravantes (DWI) conlleva el pago obligatorio de una tasa de Evaluación de Responsabilidad del Conductor (DRA) por parte del DMV. Mientras que las infracciones de puntos estándar se rigen por una escala variable basada en el número de puntos acumulados, el DMV aplica una tarifa fija estricta para los delitos de DWI con agravantes, lo que supone una tasa anual de 250 dólares durante tres años consecutivos. Esto eleva el importe total de la tasa de la DRA a 750 dólares en tres años. Tienes que pagar esta tasa directamente al DMV para evitar que te suspendan automáticamente el carné.

El sistema de puntos del DMV y la tasa de la DRA funcionan de forma totalmente independiente de tu caso en el juzgado penal. Te enfrentas a estas sanciones administrativas aunque tu abogado defensor te ayude a evitar la cárcel en el juicio.

Conclusión clave: Una condena por conducir bajo los efectos del alcohol con agravantes en Nueva York puede acarrear multas, recargos judiciales, la retirada del carné, libertad condicional o libertad condicional con condiciones, la obligación de instalar un dispositivo de bloqueo de arranque, tasas del DMV y posibles penas de cárcel o prisión. La primera infracción suele ser un delito menor, mientras que las reincidencias en un plazo de 10 años pueden convertirse en delitos graves con multas más elevadas, períodos de retirada del carné más largos y penas de prisión más severas.

¿Se considera delito grave conducir bajo los efectos del alcohol con agravantes en Nueva York?

Mucha gente se pregunta qué tipo de delito es conducir bajo los efectos del alcohol (DWI) en Nueva York. Una primera infracción agravada de DWI en Manhattan suele considerarse un delito menor, incluso si tu tasa de alcoholemia es del 0,18 % o superior y no tienes antecedentes por DWI ni por drogas. Sigue siendo un delito, pero las sanciones son menores que las de un delito grave. Una segunda infracción agravada de conducción bajo los efectos del alcohol en un plazo de 10 años suele considerarse un delito grave, a menudo de clase E. Los delitos graves se clasifican por gravedad, siendo la clase A la más grave y, por lo general, reservada para delitos muy graves. La única excepción en el caso de una primera infracción es la cláusula sobre el pasajero menor de edad contemplada en la Ley de Leandra, que se considera un delito grave de clase E desde el principio.

Si se enfrenta a un DWI agravado por delito grave (felonía) en Manhattan o en cualquier lugar de Nueva York, lo que está en juego es mucho. Una condena puede afectar su trabajo, vivienda y vida familiar durante años. Es posible que tenga factores a su favor que puedan reducir el cargo o la sentencia. Un abogado de DWI en Manhattan puede evaluar su situación, proteger sus derechos y trabajar para lograr la resolución más favorable para usted.

Conclusión clave: Conducir bajo los efectos del alcohol (DWI) con agravantes por primera vez, según el nivel de alcohol en sangre (BAC), es un delito menor, pero si hay un niño de pasajeros a bordo (Ley de Leandra), se convierte en un delito grave de clase E ya desde la primera infracción. Una segunda infracción en un plazo de 10 años también es un delito grave. La diferencia entre delito menor y delito grave determina la pena de cárcel a la que te expones y la duración de la retirada del carné.

Abogado especializado en casos de conducción bajo los efectos del alcohol en Nueva York — The Kugel Law Firm

Rachel Kugel

En The Kugel Law Firm, la abogada Rachel Kugel ha dedicado su carrera a defender a personas de bien que enfrentan acusaciones por conducir bajo la influencia del alcohol o las drogas. Su práctica se basa en una orientación clara, una estrategia proactiva y un apoyo inquebrantable al cliente desde el primer día.

Rachel se mantiene a la vanguardia de las tácticas de defensa por conducir en estado de ebriedad y de los avances legales. Es miembro activo del National College of DWI Defense y de la DUI Defense Lawyers Association. También ha sido invitada a hablar sobre la defensa de DWI y la gestión legal por parte de AVVO “Lawyernomics”, la New Jersey Bar Association y Garden State CLE. Rachel fue incluida en la lista «Rising Star» de Super Lawyers durante tres años consecutivos. Conozca la metodología de selección de Super Lawyers aquí. No se ha aprobado ningún aspecto de este anuncio por parte de la Corte Suprema de Nueva Jersey.

¿Se puede llegar a un acuerdo con la fiscalía en un caso de conducción bajo los efectos del alcohol con agravantes en Nueva York?

Conducir bajo los efectos del alcohol con agravantes es un delito más grave, así que conseguir una reducción de la pena es más complicado que en un caso normal de conducción bajo los efectos del alcohol. Según la legislación de Nueva York, los fiscales tienen que respetar unos límites legales muy estrictos a la hora de ofrecer acuerdos de conformidad por un cargo de conducción bajo los efectos del alcohol con agravantes en el que haya un menor como pasajero (Ley de Leandra). En esos casos, a menos que el fiscal del distrito considere que el cargo no está justificado, la ley impide llegar a un acuerdo para rebajarlo a un delito de conducción bajo los efectos del alcohol (DWAI) no penal.

En el caso de los cargos agravados por un alto nivel de alcohol en sangre, aunque la ley estatal permite técnicamente una reducción legal a DWAI, las políticas locales del condado —como las que aplica el fiscal del distrito de Manhattan— limitan estrictamente los acuerdos de culpabilidad por delitos menores de DWI que no alcancen el nivel estándar.

Si el caso no se desestima ni se resuelve con una absolución, cualquier acuerdo de declaración de culpabilidad dependerá de los hechos, las pruebas y las restricciones aplicables a dicho acuerdo. Si los hechos lo permiten, se puede conseguir una reducción mayor.

¿Cómo se imputa el delito de conducir bajo los efectos del alcohol con agravantes en Nueva York?

El elemento de la concentración de alcohol en sangre (BAC) en el delito de conducción bajo los efectos del alcohol con agravantes es un delito «per se», lo que significa que el resultado de la prueba química por sí solo basta para presentar la acusación. La fiscalía se basa en un análisis de aliento, sangre, saliva u orina que muestre una tasa de alcoholemia del 0,18 % o superior, que normalmente se obtiene mediante un alcoholímetro tras la detención. Como esa cifra es la que determina el cargo, los registros de certificación, calibración y mantenimiento del dispositivo de análisis suelen ser un punto clave de la defensa.

En Nueva York, además, negarse a someterse a una prueba química se considera un asunto independiente con sus propias sanciones. Negarse a hacer una prueba química puede acarrear una multa civil y la retirada del carné durante al menos un año, independientemente del resultado del proceso penal por conducir bajo los efectos del alcohol.

¿Qué pasa con tu carné después de que te detengan por conducir bajo los efectos del alcohol con agravantes?

Una detención por conducir bajo los efectos del alcohol (DWI) en Nueva York conlleva consecuencias inmediatas para el carné de conducir a través del procedimiento de suspensión inmediata del estado. En la comparecencia inicial, el tribunal puede suspenderte el carné mientras se tramita el proceso judicial, y es posible que, en determinadas circunstancias, puedas optar a un permiso por motivos de necesidad o a un carné condicional. Esta suspensión previa a la condena es independiente de la revocación del carné de mayor duración que se produce tras una condena.

Ambas medidas se desarrollan por vías diferentes. La retirada del carné ordenada por el tribunal tras una condena dura al menos un año en el caso de una primera infracción agravada por conducir bajo los efectos del alcohol y al menos 18 meses en el caso de una segunda o tercera infracción. Actuar rápido tras una detención te ayuda a proteger los privilegios de conducción, por limitados que sean, de los que puedas disponer mientras se resuelve tu caso.

Conclusión clave: El elemento relativo a la concentración de alcohol en sangre (BAC) del delito de conducción bajo los efectos del alcohol con agravantes es un cargo «per se» que se demuestra mediante una prueba química, y negarse a someterse a dicha prueba conlleva por sí mismo una revocación y una sanción civil independientes. Las consecuencias para el carné comienzan desde la comparecencia inicial, con una suspensión inmediata, independiente de la revocación más prolongada que ordena el tribunal tras una condena.

¿Qué debes hacer tras una detención por conducir bajo los efectos del alcohol con agravantes en Nueva York?

Conducir bajo los efectos del alcohol con agravantes en Manhattan conlleva graves consecuencias. Puede afectar a tu carné de conducir, a tu trabajo, a tus finanzas y a tu libertad. Las sanciones pueden incluir multas cuantiosas, la retirada prolongada del carné, la libertad condicional y, posiblemente, penas de cárcel. Es importante actuar con rapidez. Los primeros pasos más útiles son sencillos: guarda silencio una vez que te hayas identificado, evita hablar de los hechos con la policía, conserva cualquier prueba y ponte en contacto con un abogado especializado en DWI lo antes posible.

En The Kugel Law Firm, la abogada especializada en casos de conducción bajo los efectos del alcohol (DWI) en Nueva York, Rachel Kugel, analiza la parada, las pruebas y los procedimientos para detectar puntos débiles, impugnar los pasos incorrectos y preparar una defensa basada en la legislación de Nueva York y la práctica judicial de Manhattan. Las decisiones que se tomen al principio pueden influir en el resultado del caso, incluida la posibilidad de solicitar una reducción de los cargos y de proteger tu carné de conducir.

Cómo trabajar con un abogado especializado en casos de conducción bajo los efectos del alcohol con agravantes en Nueva York

Una acusación en virtud del artículo 1192(2-a) de la VTL no es una multa de tráfico cualquiera. Conlleva antecedentes penales, multas elevadas, recargos obligatorios, largas suspensiones del carné de conducir y, en casos de delitos graves, la posibilidad de ir a la cárcel estatal. Las decisiones que tomes al principio, tras una detención, pueden afectar a tu caso y a tus derechos como conductor.

Llama The Kugel Law Firm al (212) 372-7218 para concertar una consulta con nuestra abogada especializada en DWI, Rachel Kugel. Atendemos a clientes de todo Manhattan y la ciudad de Nueva York desde nuestra oficina situada en 111 E 125th St, 2.ª planta, Nueva York, NY 10035.

Preguntas frecuentes

¿Qué nivel de alcohol en sangre se considera un delito agravado de conducción bajo los efectos del alcohol en Nueva York?

Una concentración de alcohol en sangre (BAC) del 0,18 % o más, lo que supone más del doble del umbral del 0,08 % que se aplica en los casos habituales de conducción bajo los efectos del alcohol.

¿Se considera una primera infracción agravada por conducir bajo los efectos del alcohol un delito menor o un delito grave en Nueva York?

Se trata de un delito menor, a menos que haya un pasajero menor de 15 años a bordo, en cuyo caso, según la Ley de Leandra, se convierte en un delito grave de clase E ya desde la primera infracción.

¿Cuánto tiempo me quitan el carné tras un delito grave de conducción bajo los efectos del alcohol en Nueva York?

Al menos un año por la primera infracción, y al menos 18 meses por una segunda o tercera infracción agravada de conducción bajo los efectos del alcohol en un plazo de 10 años.

¿Se puede rebajar un delito de conducción bajo los efectos del alcohol con agravantes a un delito de conducción bajo los efectos del alcohol sin agravantes en Nueva York?

Es posible, pero muy difícil. En el caso de un cargo por llevar a un menor como pasajero, la Ley de Leandra prohíbe por ley que los fiscales ofrezcan un cargo no penal por DWAI, a menos que se demuestre que el cargo original era infundado. En el caso de un cargo por un nivel elevado de alcoholemia, las directrices de la fiscalía local suelen imponer restricciones estrictas a la hora de rebajar el cargo por debajo de un delito menor.

¿Tengo que instalar un dispositivo de bloqueo de arranque por conducir bajo los efectos del alcohol con agravantes?

Sí, si te condenan. En Nueva York es obligatorio instalar un dispositivo de bloqueo del arranque como condición de la sentencia en caso de condena por conducir bajo los efectos del alcohol con agravantes.

¿Cuál es el recargo obligatorio por conducir bajo los efectos del alcohol con agravantes en Nueva York?

395 dólares por una condena por un delito menor y 520 dólares por una condena por un delito grave, más un recargo de 5 dólares si la condena se dicta en un juzgado municipal o de pueblo.

¿Queda registrado un delito de conducción bajo los efectos del alcohol con agravantes en mis antecedentes penales permanentes en Nueva York?

Sí. Conducir bajo los efectos del alcohol con agravantes es un delito, ya sea un delito menor o uno grave. Algunas condenas pueden ser susceptibles de ser selladas más adelante según la legislación de Nueva York, pero sellarlas no es lo mismo que borrar la condena.

¿Cómo funciona el periodo de revisión de 10 años en los casos de conducción bajo los efectos del alcohol con agravantes en Nueva York?

Una segunda infracción grave por conducir bajo los efectos del alcohol en los 10 años siguientes a una condena anterior relacionada con el alcohol se considera un delito grave de clase E, y una tercera infracción en ese mismo plazo, de clase D.

Programar una consulta gratuita